Abogado de Tráfico de Drogas en Barcelona
Defensa desde la detención en tráfico de cocaína, hachís y marihuana, cultivo, clubes cannábicos, notoria importancia y organización criminal, y asesoramiento a vecinos y comunidades que sufren un narcopiso.

Jordi Villazón Mercé
Abogado penalista, colegiado ICAB nº 45.082
Contacte ahora
Le atiende directamente el despacho, sin intermediarios ni esperas.
Llamar ahoraEscribir por WhatsAppColegiado en el ICAB
N.º 45.082
Asistencia al detenido
Comisaría y guardia 24 h
Abogado titular
Atención personal
Abogado especialista en
Tráfico de drogas
Delitos que defendemos
Delitos de drogas y contra la salud pública en los que intervenimos
Abogado para delito de tráfico de cocaína y drogas de grave daño
Castiga cultivar, elaborar o traficar con sustancias que causan grave daño a la salud, como la cocaína, la heroína o las drogas sintéticas, o poseerlas con ese fin.
Pena
Prisión de 3 a 6 años
Multa
Del tanto al triplo del valor
Escasa entidad
Pena inferior en grado
Claves de la defensa en tráfico de cocaína y drogas de grave daño
- Pureza y peso neto analizados
- Destino al tráfico o al consumo propio
- Cadena de custodia de la sustancia
Quién y cómo acusa en el tráfico de cocaína
- Compradores identificados como testigos
- Prisión provisional a petición del fiscal
- Multa según el valor y decomiso (art. 374)
Qué son
Cuándo tener drogas es delito de tráfico y cuándo no
El artículo 368 del Código Penal no castiga el consumo, sino promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de otros: cultivar, elaborar, traficar o poseer drogas con ese fin. La existencia del delito y su pena dependen de la sustancia, de su cantidad y pureza y de los indicios de venta, por lo que el análisis pericial y la forma en que se obtuvo la prueba son decisivos.
Defensa en tráfico de cocaína y drogas sintéticas
Sustancias de grave daño: pureza, peso neto y destino de la droga.
Defensa en tráfico de hachís y marihuana
Pequeñas ventas, cultivos y tipo atenuado por escasa entidad.
Registros domiciliarios en causas de drogas
Autorización judicial y presencia del letrado de la Administración de Justicia y del interesado.
Escuchas telefónicas en causas de drogas
Control de la autorización judicial, de su proporcionalidad y de sus prórrogas.
¿Han detenido a un familiar por tráfico de drogas?
Llame a Jordi Villazón Mercé: puede asistirle en comisaría y en el juzgado de guardia (hoy, el servicio de guardia del Tribunal de Instancia), donde se decide si queda en libertad o en prisión provisional.
Consultar mi casoO llame al +34 658 83 61 66Primeros pasos
Me han detenido por tráfico de drogas
¿Qué hago?
Lo más importante: no declare en comisaría sin su abogado ni dé explicaciones sobre la droga, el dinero o su teléfono; cualquier comentario puede usarse para acreditar que la droga era para vender.
Esta guía no sustituye el asesoramiento sobre su caso concreto.
No dé explicaciones sobre la droga sin abogado
Puede guardar silencio hasta entrevistarse en privado con su letrado.
Pida que avisen a su abogado y a su familia
Tiene derecho a designar abogado y a que se comunique su detención a quien desee.
No desbloquee su móvil sin asesorarse
Acceder a su contenido requiere, como regla, autorización judicial o su consentimiento.
Fíjese en cómo se pesa y precinta la droga
Dónde se halló, quién estaba presente y si se pesó y precintó delante de usted.
Si registran su casa, pida ver la autorización
Salvo consentimiento o delito flagrante, la entrada exige autorización judicial.
Prepare su arraigo para el juez de guardia
Acreditar domicilio, trabajo y familia ayuda a evitar la prisión provisional.
La otra parte
Quién acusa en un delito de tráfico de drogas
El tráfico de drogas es un delito contra la salud pública: no hay una víctima particular y la acusación la ejerce el Ministerio Fiscal, con la prueba que reúnen la policía y el laboratorio. Pero hay terceros que sí pueden actuar: los vecinos que sufren un narcopiso pueden denunciarlo y, si corren un peligro grave, declarar con protección, y la comunidad de propietarios puede pedir al juez civil que cese la actividad.
El fiscal y la Fiscalía Especial Antidroga
El fiscal acusa de oficio (art. 105 LECrim); la Fiscalía Antidroga lleva las causas de la Audiencia Nacional y coordina a las demás (art. 19 EOMF).
Vigilancias, entregas vigiladas y agentes encubiertos
Con autorización, la policía puede dejar circular un envío de droga bajo control (art. 263 bis LECrim) o, en la delincuencia organizada, infiltrar a un agente encubierto (art. 282 bis).
Análisis oficial del peso y la pureza de la droga
El laboratorio oficial fija naturaleza, cantidad y pureza; en el abreviado, su informe hecho según protocolo vale como prueba documental (art. 788.3 LECrim).
Vecinos y comunidades que sufren un narcopiso
Pueden denunciar y, si hay peligro grave, declarar como testigos protegidos (LO 19/1994); la comunidad puede ejercer la acción de cesación (art. 553-40 CCCat).
¿Sufre un narcopiso en su edificio o en su calle?
Le explicamos cómo denunciarlo, qué protección puede pedir y, si está en su edificio, qué acciones civiles puede ejercer la comunidad.
Consultar sobre un narcopisoO llame al +34 658 83 61 66Cómo trabajamos en tráfico de drogas
Su defensa por tráfico de drogas, paso a paso
Asistencia al detenido por tráfico de drogas
Le asistimos en comisaría y en la comparecencia ante el juez de guardia en la que se decide su libertad.
Revisión del atestado, del registro y de las escuchas
Comprobamos la autorización judicial, la proporcionalidad de cada medida y la cadena de custodia.
Pericial sobre pureza, peso y valor de la droga
Analizamos el informe del laboratorio y, si procede, pedimos un análisis contradictorio.
Conformidad o juicio por tráfico de drogas
Valoramos el tipo atenuado, la drogodependencia o un acuerdo, o le defendemos en el juicio oral.
Por qué elegirnos en tráfico de drogas
Una defensa técnica desde la primera hora de la detención por drogas
Un solo abogado para su causa por drogas
Su defensa la lleva personalmente el abogado titular, desde la comisaría hasta la sentencia.
Disponibles en la detención por tráfico de drogas
Teléfono y WhatsApp 24 horas para urgencias, también para la asistencia en comisaría y en la guardia.
Revisión técnica de la prueba sobre la droga
Analizamos pureza, pesajes, valoración económica y cadena de custodia.
Confidencialidad en su causa por tráfico de drogas
Protegida por el secreto profesional desde la primera consulta.

Contenido verificado por
Jordi Villazón Mercé
Abogado penalista, colegiado ICAB nº 45.082. Dedicado en exclusiva al derecho penal desde 2015, dirige personalmente cada expediente del despacho.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre tráfico de drogas
¿Qué cantidad de droga se considera para consumo propio?
+
No hay una cifra fijada en la ley. Los tribunales valoran la cantidad en relación con el consumo habitual de la persona y la ponen en relación con otros indicios: pureza, droga dividida en dosis, dinero fraccionado, básculas, anotaciones o mensajes. Ninguna cantidad garantiza por sí sola que no se aprecie tráfico, ni lo prueba automáticamente.
¿Es delito cultivar marihuana en casa?
+
El cultivo para el propio consumo no es delito, pero sí lo es si la producción se destina, aunque sea en parte, a terceros (art. 368 CP). Para valorarlo se atiende al número de plantas, a su rendimiento, a los medios de cultivo y a otros indicios de venta. Aunque no sea delito, si las plantas están a la vista del público puede haber una infracción administrativa grave (art. 36.18 LO 4/2015).
¿Son legales los clubes cannábicos en Barcelona?
+
No hay una ley que los ampare: en 2018 el Tribunal Constitucional anuló la ley catalana que regulaba las asociaciones de consumidores de cannabis. El Tribunal Supremo considera que el cultivo y la distribución organizados entre un número elevado o abierto de socios exceden del consumo compartido y pueden ser delito. Cada asociación debe analizarse según su funcionamiento real.
¿Qué es la notoria importancia y desde qué cantidad se aplica?
+
Es una agravante del artículo 369 que eleva la pena en un grado. Según el criterio del Tribunal Supremo, se aprecia a partir de 500 dosis de consumo diario: por ejemplo, 750 gramos de cocaína pura, 2,5 kilos de hachís o 10 kilos de marihuana. En la cocaína y otras drogas se calcula sobre la sustancia pura, por eso es esencial conocer la pureza real de lo intervenido.
¿Se puede anular un registro o una escucha telefónica?
+
Sí, si el registro se hizo sin autorización judicial motivada, sin consentimiento válido y fuera de un caso de delito flagrante, o si la intervención telefónica no respetó los principios de especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad (art. 588 bis a LECrim). Las pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales no pueden utilizarse (art. 11 LOPJ).
¿Ser consumidor o drogodependiente reduce la pena?
+
Puede reducirla. La adicción grave puede apreciarse como atenuante o como eximente incompleta, y si ha completado con éxito un tratamiento de deshabituación cabe rebajar la pena en uno o dos grados, salvo notoria importancia o extrema gravedad (art. 376 CP). Además, quien delinquió a causa de su drogodependencia puede obtener la suspensión de penas de hasta cinco años si está deshabituado o en tratamiento (art. 80.5 CP).
¿Me pueden juzgar por tráfico de drogas en un juicio rápido?
+
Puede ocurrir con sustancias que no causan grave daño, como el hachís o la marihuana, castigadas con hasta tres años de prisión (art. 795 LECrim). El tráfico de cocaína u otras sustancias de grave daño, con penas de hasta seis años, queda fuera del juicio rápido y se tramita por procedimiento abreviado o, en los casos más graves, por sumario.
¿Me pueden decomisar el dinero, el coche o la vivienda?
+
Sí, en determinados casos. Se decomisan la droga, los instrumentos utilizados, como vehículos o teléfonos, y las ganancias del delito, y en el tráfico de drogas cabe el decomiso ampliado de bienes que, según indicios objetivos fundados, provengan de una actividad delictiva y cuyo origen lícito no se acredite (arts. 127 bis y 374 CP). Si el patrimonio procede del tráfico, puede investigarse además un delito de blanqueo de capitales.
¿Quién acusa en un juicio por tráfico de drogas si no hay víctima?
+
Al ser un delito contra la salud pública, acusa el Ministerio Fiscal de oficio (art. 105 LECrim); en las causas de la Audiencia Nacional, la Fiscalía Especial Antidroga (art. 19 EOMF). Su prueba suele ser el atestado, las vigilancias, el análisis oficial de la sustancia y, a veces, escuchas o entregas vigiladas. También puede personarse una acusación popular, con querella y fianza. Lo decomisado se adjudica al Estado y nutre un fondo contra el narcotráfico y las adicciones (art. 374 CP y Ley 17/2003).
Si hay un narcopiso en mi edificio, ¿qué podemos hacer los vecinos?
+
Pueden denunciarlo ante los Mossos d'Esquadra o el juzgado, aportando horarios, visitas e incidentes. Si declarar les supone un peligro grave, el juez puede proteger su identidad y su domicilio (LO 19/1994), aunque las partes pueden pedir conocer su nombre antes del juicio. Además, la comunidad puede requerir que cese la actividad y, si continúa, ejercer la acción de cesación del artículo 553-40 del Código civil de Cataluña, con medidas cautelares, indemnización y privación del uso hasta dos años.
Zona de actuación
Servicios de abogacía de tráfico de drogas en Barcelona y toda la provincia
Nuestra oficina está en Barcelona (Calle Aribau, 265, 1º-2ª), pero damos servicio en toda la provincia y nos desplazamos sin ningún problema a cualquier juzgado o comisaría.
¿Le acusan de tráfico de drogas o sufre un narcopiso cerca de casa?
Contacte ahora con Jordi Villazón Mercé para una valoración confidencial, tanto si necesita defensa como si quiere denunciar un narcopiso.