Abogado de Delitos Informáticos en Barcelona
Defendemos a investigados por estafa online y phishing, acceso ilícito a sistemas, daños informáticos, difusión de imágenes íntimas, ciberacoso o suplantación de identidad, y representamos a las víctimas como acusación particular.

Jordi Villazón Mercé
Abogado penalista, colegiado ICAB nº 45.082
Contacte ahora
Le atiende directamente el despacho, sin intermediarios ni esperas.
Llamar ahoraEscribir por WhatsAppColegiado en el ICAB
N.º 45.082
Prueba digital
Pericial informática
Abogado titular
Atención personal
Abogado especialista en
Delitos informáticos
Delitos que defendemos
Delitos informáticos en los que intervenimos
Abogado para delito de estafa informática y phishing
Castiga conseguir una transferencia no consentida mediante manipulación informática, como el phishing, o usar de forma fraudulenta tarjetas o datos de pago ajenos.
Pena
Prisión de 6 meses a 3 años
Con agravantes
Penas agravadas del art. 250 CP
Muleros bancarios
Posible estafa o blanqueo
Claves de la defensa en estafa informática
- Quién controlaba la cuenta receptora
- Conocimiento real del fraude
- Trazabilidad de las transferencias
Claves para la acusación en estafa informática
- Avisar al banco en cuanto lo detecte
- Devolución de operaciones no autorizadas
- Embargo de la cuenta que recibió el dinero
Qué son
Delitos en la red, con una prueba que es técnica
Los delitos informáticos no ocupan un único capítulo del Código Penal: incluyen la estafa informática (art. 249), el acceso ilícito a sistemas (art. 197 bis), los daños informáticos (arts. 264 y ss.), la difusión de imágenes íntimas o el ciberacoso, entre otros. En casi todos, la acusación depende de prueba digital, como direcciones IP, volcados de dispositivos o registros de servidores, que debe obtenerse y custodiarse con garantías.
Defensa en estafas online y phishing
Transferencias no consentidas, tarjetas y cuentas de muleros.
Defensa por acceso a cuentas y sistemas
Correos, redes sociales, nubes y sistemas de empresa.
Defensa en difusión de imágenes y acoso
Imágenes íntimas, perfiles falsos y mensajes reiterados.
Defensa frente a la prueba digital
Registro de dispositivos, volcados, IP y pericial informática.
¿La policía ha intervenido su móvil u ordenador?
Hable directamente con Jordi Villazón Mercé antes de facilitar contraseñas o declarar sobre su contenido.
Consultar mi casoO llame al +34 658 83 61 66Primeros pasos
Me han citado como investigado por un delito informático
¿Qué hago?
Lo más importante: como investigado no está obligado a facilitar sus contraseñas; no lo haga ni declare sobre el contenido de sus dispositivos sin hablar antes con su abogado.
Esta guía no sustituye el asesoramiento sobre su caso concreto.
Lea la citación y el delito que se le atribuye
Órgano judicial, número de diligencias y si se trata de estafa, acceso, daños o acoso.
No facilite contraseñas sin asesoramiento
La ley no obliga al investigado a revelarlas (art. 588 sexies c LECrim).
Pida el acta del registro de sus dispositivos
Qué se intervino, con qué autorización y cómo se hizo la copia.
No borre datos ni cierre cuentas
Puede perjudicar su defensa y eliminar pruebas que le favorecen.
Anote quién usa su red y sus equipos
Wifi compartida, ordenadores familiares o accesos de terceros.
Valore una contrapericial informática
Un perito puede revisar volcados, registros e identificación por IP.
Si usted es la víctima
Abogado para víctimas de delitos informáticos
Si ha sufrido el hackeo de sus cuentas, una ciberestafa, una sextorsión, una suplantación de identidad o la difusión de sus imágenes íntimas, puede denunciarlo y personarse en la causa como acusación particular. Así impulsa la identificación del autor, pide medidas como la retirada del contenido o la prohibición de que se comunique con usted, y reclama en el mismo procedimiento la devolución del dinero y la indemnización por los daños sufridos.
Conservar la prueba digital del hackeo o la ciberestafa
No borre mensajes ni cuentas: guarde capturas con enlace y fecha y certifíquelas ante notario o un tercero de confianza; un perito puede acreditarlas.
Denuncia y acusación particular por el delito informático
Denuncie ante los Mossos d'Esquadra o el juzgado y persónese como acusación; el acceso ilícito, como regla, exige su denuncia (art. 201 CP).
Retirada urgente de imágenes íntimas o sexuales publicadas
Pida su retirada urgente en el Canal prioritario de la AEPD y, al juez, la retirada provisional del contenido ilícito (art. 13 LECrim).
Devolución de cargos y transferencias que no autorizó
Avise al banco sin demora: debe devolverle el cargo no autorizado salvo que pruebe fraude o negligencia grave por su parte (arts. 44-46 RDL 19/2018).
¿Ha sido víctima de un hackeo, una ciberestafa o una sextorsión?
Le explicamos cómo conservar la prueba, denunciar y reclamar antes de que el contenido o el dinero desaparezcan.
Consultar como víctimaO llame al +34 658 83 61 66Cómo trabajamos en delitos informáticos
Su defensa por un delito informático, paso a paso
Análisis de la denuncia y del atestado tecnológico
Revisamos qué se le atribuye y en qué indicios técnicos se apoya la acusación.
Control de la prueba digital
Comprobamos autorizaciones judiciales, cadena de custodia e integridad de los volcados.
Contrapericial informática
Si procede, coordinamos con un perito informático la revisión de direcciones IP, registros y dispositivos.
Juicio por el delito informático
Le defendemos en juicio y, si procede, impugnamos la validez de la prueba digital obtenida.
Por qué elegirnos en delitos informáticos
Una defensa que sabe leer la prueba digital
Un solo abogado para su causa informática
Su caso de delito informático lo lleva el abogado titular, de principio a fin.
Revisión técnica de la prueba digital
Analizamos volcados, direcciones IP y registros, con el apoyo de un perito informático cuando hace falta.
Tribunales de Barcelona en delitos tecnológicos
Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Barcelona (antiguo Juzgado de Instrucción) en la Ciutat de la Justícia, Audiencia de Barcelona y partidos judiciales de la provincia.
Confidencialidad sobre sus dispositivos y datos
Su información y sus comunicaciones quedan protegidas por el secreto profesional desde la primera consulta.

Contenido verificado por
Jordi Villazón Mercé
Abogado penalista, colegiado ICAB nº 45.082. Dedicado en exclusiva al derecho penal desde 2015, dirige personalmente cada expediente del despacho.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre delitos informáticos
¿Es delito entrar en el móvil o el correo de mi pareja?
+
Si lo hace sin su consentimiento, por regla general sí. Acceder sin autorización a un sistema vulnerando sus medidas de seguridad es delito del artículo 197 bis, con prisión de seis meses a dos años, y apoderarse de sus mensajes para descubrir su intimidad puede ser delito del artículo 197.1, con prisión de uno a cuatro años y multa. Que se trate de la pareja o que se conozca la contraseña no lo justifica.
¿Qué pena tiene difundir fotos íntimas de otra persona?
+
Difundir sin autorización imágenes íntimas obtenidas con consentimiento, cuando se menoscaba gravemente la intimidad, se castiga con prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses (art. 197.7). La pena se impone en su mitad superior si el autor es la pareja o expareja, si la víctima es menor o si hay ánimo de lucro, entre otros supuestos, y quien las reenvía tras recibirlas puede ser castigado con multa.
¿Estoy obligado a dar la contraseña de mi móvil a la policía?
+
No. Como investigado, no tiene obligación de facilitar sus contraseñas: la ley impone un deber de colaboración a terceros que conozcan el sistema, pero excluye expresamente al investigado (art. 588 sexies c LECrim). Negarse no es, por sí solo, un delito de desobediencia, aunque el juez puede autorizar que se intente acceder al dispositivo por medios técnicos.
¿Una dirección IP basta para condenarme?
+
No necesariamente. La IP identifica una conexión, normalmente la del titular de la línea, pero no prueba por sí sola quién estaba usando el dispositivo. Para obtener la identidad del titular, la policía necesita autorización judicial (art. 588 ter k LECrim), y la defensa puede discutir el uso compartido de la red, el acceso de terceros o errores en la asignación.
¿Pueden registrar mi móvil o mi ordenador sin orden judicial?
+
Como regla general, no, salvo que usted lo consienta: el acceso al contenido de dispositivos requiere autorización judicial motivada. Solo en casos de urgencia la policía puede examinarlos directamente, comunicándolo al juez en un máximo de 24 horas para que lo confirme o lo revoque. Un acceso sin estas garantías puede invalidar la prueba obtenida.
Me han suplantado en redes sociales, ¿es delito?
+
Puede serlo. Usar su imagen para abrir perfiles falsos que le causen acoso, hostigamiento o humillación es delito del artículo 172 ter.5, con prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses. Si el suplantador se hace pasar por usted para ejercer sus derechos, puede haber usurpación del estado civil (art. 401), y si lo hace para engañar a terceros y obtener dinero, estafa.
¿Es delito el ciberacoso por WhatsApp o redes sociales?
+
Sí, si el contacto es insistente y reiterado y altera el normal desarrollo de la vida cotidiana de la víctima: es el delito de acoso del artículo 172 ter, castigado con prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses. Solo se persigue con denuncia de la víctima o de su representante legal, salvo que sea la pareja, la expareja o un familiar de los previstos en el artículo 173.2. Los mensajes también pueden constituir amenazas, coacciones o injurias.
¿Es delito borrar datos de la empresa al dejar el trabajo?
+
Puede serlo. Borrar, dañar o hacer inaccesibles datos, programas o documentos electrónicos ajenos, sin autorización y de manera grave, con un resultado grave, es delito de daños informáticos (art. 264), castigado con prisión de seis meses a tres años. La defensa suele centrarse en la titularidad de los datos, la autorización con la que se actuó y la gravedad real del daño.
Si me han vaciado la cuenta con phishing, ¿el banco tiene que devolverme el dinero?
+
Si usted no autorizó la operación, el banco debe devolverle el importe de inmediato y, como tarde, al final del día hábil siguiente a su aviso, salvo sospecha razonable de fraude comunicada al Banco de España (art. 45 RDL 19/2018). Usted solo responde de hasta 50 euros en ciertos casos, o de todo si el banco prueba fraude o negligencia grave suya, por ejemplo en la custodia de sus claves (arts. 44 y 46). Avise sin demora: el plazo máximo es de trece meses desde el cargo (art. 43).
¿Puedo denunciar si no sé quién está detrás del hackeo o del perfil falso?
+
Sí. Puede denunciar contra autor desconocido y aportar todo lo que tenga: capturas, enlaces, correos y movimientos bancarios. Identificarlo corresponde a la investigación: con autorización judicial, la policía puede obtener de los operadores los datos del titular de una dirección IP (art. 588 ter k LECrim), y el fiscal o la policía pueden exigir a las plataformas que conserven los datos hasta 90 días, prorrogables una vez hasta 180 (art. 588 octies LECrim). Por eso conviene denunciar cuanto antes.
Zona de actuación
Servicios de abogacía de delitos informáticos en Barcelona y toda la provincia
Nuestra oficina está en Barcelona (Calle Aribau, 265, 1º-2ª), pero damos servicio en toda la provincia y nos desplazamos sin ningún problema a cualquier juzgado o comisaría.
¿Le acusan de un delito informático o ha sido víctima de uno?
Contacte ahora con Jordi Villazón Mercé para una valoración confidencial, tanto si necesita defensa como si quiere denunciar y ejercer la acusación.