Abogado de Estafa en Barcelona
Defendemos a investigados por estafa, estafa informática y phishing, estafa agravada o procesal y contratos incumplidos llevados a la vía penal, y representamos a las víctimas como acusación particular.

Jordi Villazón Mercé
Abogado penalista, colegiado ICAB nº 45.082
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N.º 45.082
Frontera civil y penal
Contratos y engaño previo
Abogado titular
Atención personal
Abogado especialista en
Estafa
Delitos que defendemos
Modalidades de estafa en las que intervenimos
Abogado para delito de estafa
Castiga a quien, con ánimo de lucro, utiliza un engaño bastante para producir error en otro y llevarle a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
Pena
Prisión de 6 meses a 3 años
Elementos
Engaño, error, disposición y perjuicio
Prescripción
5 años en el tipo básico
Claves de la defensa en estafa
- Engaño previo y realmente bastante
- Diligencia exigible a la víctima
- Cuantía real del perjuicio
Claves para la acusación en estafa
- Conservar mensajes, anuncios y justificantes
- Identificar al estafador: cuentas y teléfonos
- Personarse sin querella (art. 771 LECrim)
Qué es
En qué consiste la estafa y por qué exige un engaño previo
La estafa exige un engaño bastante, anterior al acto de disposición, que provoque un error y un perjuicio económico (arts. 248 a 251 CP). Muchas denuncias por estafa nacen de contratos incumplidos o de negocios que salieron mal, y la primera tarea de la defensa es demostrar si hubo engaño o solo un conflicto civil.
Defensa frente a denuncias por estafa
Análisis del engaño, el error y el perjuicio que se le atribuyen.
Defensa en estafas por internet
Phishing, compraventas online, tarjetas y cuentas usadas por terceros.
Defensa en conflictos contractuales
Contratos incumplidos, inversiones fallidas y préstamos impagados.
Defensa en estafas inmobiliarias
Doble venta, cargas ocultas, arras y alquileres inexistentes.
¿Le han denunciado por estafa tras un negocio que salió mal?
Hable directamente con Jordi Villazón Mercé antes de declarar en comisaría o en el juzgado.
Consultar mi casoO llame al +34 658 83 61 66Primeros pasos
Me han denunciado por estafa
¿Qué hago?
Lo más importante: no intente justificarse ante el denunciante ni declare sin abogado; cada mensaje que envíe puede acabar incorporado a la causa.
Esta guía no sustituye el asesoramiento sobre su caso concreto.
Averigüe qué estafa se le imputa exactamente
Denuncia o querella, cantidad reclamada y juez que instruye la causa.
No escriba a quien le denuncia por estafa
Sus mensajes pueden aportarse como prueba e interpretarse en su contra.
Reúna contratos, mensajes y justificantes del negocio
Todo lo que acredite su buena fe al contratar: pagos, entregas y correos.
Declare solo tras estudiar la denuncia por estafa
Tiene derecho a no declarar y a examinar antes las actuaciones (art. 118 LECrim).
Valore devolver lo reclamado antes del juicio
Reparar el daño antes del juicio oral es una atenuante (art. 21.5 CP).
Compruebe si la estafa ha prescrito
La estafa básica prescribe a los 5 años y la agravada, a los 10.
Si usted es la víctima
Abogado para víctimas de estafa
Si le han engañado para que pagara, invirtiera o transfiriera dinero, en persona o por internet (inversiones falsas, alquileres inexistentes, compras que nunca llegan), puede denunciar o querellarse y personarse como acusación particular. Desde esa posición propone diligencias para identificar al autor y seguir el rastro del dinero, solicita la fianza y el embargo de sus bienes y obtiene en la propia sentencia la condena a devolverle lo defraudado y a indemnizarle.
Denuncia, querella y personación por estafa
Puede denunciar y personarse más adelante sin querella (art. 771.1ª LECrim), o iniciar la causa con una querella de abogado y procurador (art. 277).
Phishing y cargos que usted no autorizó
Si el cargo lo ordenó el estafador sin su consentimiento, el banco debe reembolsarlo salvo fraude o negligencia grave suya, aunque a veces puede dejar a su cargo hasta 50 € (arts. 45 y 46 RDL 19/2018).
Bloqueo de cuentas y embargo de bienes del estafador
Pedimos que se bloquee el saldo de las cuentas receptoras y que el investigado preste fianza o se le embarguen bienes (arts. 589 y 764 LECrim).
Restitución del dinero y reparación del perjuicio
La sentencia condenatoria obliga a devolver lo defraudado y a indemnizar (art. 110 CP), y quien recibió gratuitamente parte del dinero sin ser partícipe debe restituirlo hasta esa cuantía (art. 122 CP).
¿Le han estafado en persona o por internet?
Le decimos qué pruebas conservar, a quién avisar primero y si le conviene denunciar o querellarse.
Consultar como víctimaO llame al +34 658 83 61 66Cómo trabajamos en estafa
Su defensa por estafa, paso a paso
Estudio de la denuncia por estafa
Revisamos la denuncia, los contratos y las comunicaciones para identificar qué engaño se le atribuye.
Prueba de su buena fe al contratar
Reunimos pagos, entregas y actos de cumplimiento que demuestran que no hubo dolo antecedente.
Estrategia en la instrucción por estafa
Preparamos su declaración y pedimos el archivo si el asunto es civil, o proponemos las pericias necesarias.
Juicio o acuerdo en la causa de estafa
Valoramos la reparación del daño, la conformidad o el juicio según la prueba y la cuantía.
Por qué elegirnos en estafa
Una defensa por estafa centrada en lo que ocurrió antes del contrato
Un solo abogado para su causa de estafa
Su defensa por estafa la lleva el abogado titular, desde la denuncia hasta la sentencia.
Análisis de la frontera entre estafa e incumplimiento civil
Estudiamos si su caso es un contrato incumplido y no un delito de estafa.
Causas de estafa en los tribunales de Barcelona
Sección de Instrucción y Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Barcelona (antiguos Juzgados de Instrucción y de lo Penal), tribunales de instancia de la provincia y Audiencia Provincial.
Confidencialidad en su procedimiento por estafa
Secreto profesional sobre sus negocios, contratos y comunicaciones desde la primera consulta.

Contenido verificado por
Jordi Villazón Mercé
Abogado penalista, colegiado ICAB nº 45.082. Dedicado en exclusiva al derecho penal desde 2015, dirige personalmente cada expediente del despacho.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales sobre el delito de estafa
¿Todo incumplimiento de un contrato es una estafa?
+
No. La estafa exige que el engaño sea anterior al contrato y determinante de la entrega del dinero o del bien: quien contrata sabiendo que no va a cumplir comete estafa (lo que la jurisprudencia llama negocio jurídico criminalizado). Si la voluntad de no cumplir aparece después, por falta de liquidez o por desacuerdo, el conflicto es civil y debe reclamarse en esa vía.
¿Qué diferencia hay entre estafa y apropiación indebida?
+
En la estafa el engaño es anterior y provoca que la víctima entregue el dinero o el bien. En la apropiación indebida (art. 253 CP) la entrega es lícita, en depósito, comisión o con obligación de devolver, y el delito se comete después, al quedarse con lo recibido o negar haberlo recibido. Ambas tienen, por regla general, las mismas penas.
¿A partir de qué cantidad la estafa deja de ser un delito leve?
+
Si lo defraudado no supera los 400 euros, es un delito leve castigado con multa de uno a tres meses, salvo que concurra alguna agravante del artículo 250 o que el autor sea multirreincidente (LO 1/2026). Por encima de esa cantidad, la pena es de prisión de seis meses a tres años. Si supera los 50.000 euros, la estafa es agravada (prisión de uno a seis años y multa) y, si supera los 250.000 euros, la pena es de cuatro a ocho años de prisión y multa.
¿Hay estafa si la víctima pudo haber evitado el engaño?
+
El engaño debe ser «bastante», es decir, idóneo para inducir a error a alguien en la situación de la víctima. Si era burdo o la víctima omitió comprobaciones elementales que le correspondían, puede discutirse que exista estafa. Los tribunales valoran cada caso y no excluyen el delito por cualquier descuido, sobre todo si la víctima era especialmente vulnerable.
¿Devolver el dinero evita la condena por estafa?
+
No extingue el delito, pero reparar el daño antes del juicio oral es una atenuante (art. 21.5 CP) que, si es muy cualificada, permite rebajar la pena en uno o dos grados. Además, la suspensión de la pena de prisión exige reparar el daño o comprometerse a hacerlo según la capacidad económica, por lo que la reparación también pesa en la fase de ejecución.
¿Me pueden acusar si presté mi cuenta bancaria para recibir una transferencia?
+
Sí. Quien presta su cuenta para recibir y reenviar dinero procedente de una estafa (el llamado «mulero») puede ser acusado como partícipe en la estafa o por blanqueo de capitales, según lo que sabía o debía saber. La defensa se centra en acreditar que desconocía el origen del dinero, por ejemplo porque fue captado con una falsa oferta de empleo.
¿Cuándo prescribe un delito de estafa?
+
La estafa básica prescribe a los cinco años, y la agravada, cuya pena máxima supera los cinco años de prisión, a los diez. La estafa leve prescribe al año. El plazo se cuenta desde la comisión de los hechos o, si hubo varias defraudaciones continuadas, desde la última, y se interrumpe cuando el procedimiento se dirige contra el investigado.
¿Vender un bien con cargas ocultas o venderlo dos veces es estafa?
+
Puede serlo. El artículo 251 del Código Penal castiga con prisión de uno a cuatro años a quien dispone de un bien ocultando una carga que pesa sobre él, a quien lo vende como libre y lo grava o vende de nuevo antes de la transmisión definitiva, a quien vende un bien atribuyéndose facultades que no tiene y a quien otorga un contrato simulado en perjuicio de otro.
Si me han estafado por internet, ¿el banco tiene que devolverme el dinero?
+
Depende de quién ordenó el pago. Si el estafador operó con sus datos o claves sin su consentimiento, la operación no está autorizada: avise al banco sin demora (como máximo, trece meses desde el cargo) y, por regla general, deberá devolverle el importe como tarde al final del día hábil siguiente, aunque en algunos casos puede dejar a su cargo hasta 50 euros; si se niega alegando fraude o negligencia grave suya, tiene que probarlo (arts. 43 a 46 del Real Decreto-ley 19/2018). Si hizo usted la transferencia por el engaño, en principio la operación está autorizada y el dinero se reclama en la causa penal.
¿Vale la pena denunciar una estafa de menos de 400 euros?
+
Sí. Se juzga como delito leve en un juicio sencillo al que puede acudir sin abogado, aportando sus pruebas (art. 967 LECrim), y la sentencia puede condenar a devolverle lo pagado. Además, desde la LO 1/2026 la estafa de esa cuantía deja de ser leve si concurre una agravante del artículo 250, y si el autor ya tiene tres condenas por delitos de la misma naturaleza, al menos una leve, se castiga con prisión de seis meses a tres años (art. 248 CP). Por eso conviene denunciar cada caso.
Zona de actuación
Servicios de abogacía de estafa en Barcelona y toda la provincia
Nuestra oficina está en Barcelona (Calle Aribau, 265, 1º-2ª), pero damos servicio en toda la provincia y nos desplazamos sin ningún problema a cualquier juzgado o comisaría.
¿Le acusan de estafa o ha sido víctima de una?
Contacte ahora con Jordi Villazón Mercé para una valoración confidencial, tanto si necesita defensa como si quiere denunciar o querellarse por una estafa.